ONP: Comisión de Economía aprobó la devolución del 100 % de fondos para aportantes

La medida que permite el retiro del 100 % de la ONP para aportantes ahora pasará a ser debatida en el pleno del Congreso.
Una ayuda para un sector de la población que se ha visto severamente afectada por la pandemia del coronavirus COVID-19 y en casos, personas vulnerables por la edad y nivel socioeconómico.

En medio de la madruga del jueves, la Comisión de Economía del Congreso de la República aprobó el predictamen que busca otorgar la devolución del 100 % de los aportes a aquellos afiliados a la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

No obstante, también es importante señalar que esta medida tendrá que ser aprobada en el pleno del Legislativo. Por ello, en la siguiente nota, te brindaremos más detalles de los requisitos que deben cumplir las personas que desean acogerse a este beneficio económico en medio la pandemia.

Conoce quiénes, cuándo, cómo y dónde podrán cobrar la devolución de sus aportes.

En el extenso documento se señala que la devolución del 100 % será para aquellos contribuyentes mayores de 55 años y que no tengan más de 20 años de aportes.

También debes saber que el archivo original del documento de la ley sobre el retiro de aportes de la ONP, fue modificado, para especificar a quiénes y cómo beneficiará la entrega de este dinero que pertenece enteramente al aportante.

¿Aportantes actuales a la ONP podrán retirar sus fondos?

Sí. La norma que detalla y propone el Parlamento, da cuenta que en el caso de los trabajadores que continúan aportando al mencionado sistema de pensiones podrán retirar hasta 1 UIT de sus fondos, es decir, hasta 4300 soles del mismo.

¿Cómo realizar el retiro de ONP?

Tras aprobarse el predictamen sobre el retiro de hasta el 100 % de aportes de la ONP, el Congreso de la República aprobó que esta entidad realice un protocolo para atender las solicitudes de los aportantes, tal y como se realizó en el caso de las AFP.

Las solicitudes de retiro deberán ser atendidas por la entidad en un plazo máximo de 30 días hábiles y teniendo en cuenta los siguientes puntos:

-Deberá entregarse el 50 % del monto total en los primeros 30 días transcurridos luego de realizada la solicitud.

-Luego de ello, en los siguientes 60 días hábiles tras la entrega del primer monto deberán recibir el 50 % restante.

-El monto que será retirado por los aportantes tiene carácter de intangibilidad, por lo que no podrán efectuarse cobros de deudas o afines.

DEUDAS

En este caso, el Congreso dispuso que las personas que tengan deudas alimenticias podrán hacer efectivo su retiro; sin embargo, se les retendrá hasta el 30 % del dinero solicitado.

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